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CSS Correduría de Seguros

CSS es una Corredora de seguros que ASETACA adquirió en conjunto con cinco asociaciones más: ASEINTEL, ASOFLORIDA, ASEHP, ASEDP y ASADEM a finales del año 2007, con el fin de obtener mayores beneficios para los asociados en cuanto al costo de las primas y de las negociaciones directas con las diferentes empresas aseguradoras que actualmente compiten en el país . Sus oficinas están ubicadas costado oeste de la antigua estación de bomberos en Heredia. Sitio Web Oficial www.cssseguros.com

 

Entre las pólizas que actualmente ofrecemos están:

 

  •   Póliza de vida
  •   Pólizas de vehículos
  •   Pólizas de todo riesgo de Vivienda
  •   Pólizas de gastos médicos
  •   Pólizas de desempleo

 

Si desea mayor información sobre pólizas, contáctenos al 2430-3080 o a las oficinas de CSS Corredores de

Seguros (Teléfono: +506 2261-2626).

CSS Correduría de Seguros
Pólizas de Seguros

Pólizas de Seguros

Pólizas colectivas tomadas por ASETACA

ASETACA afilia en forma automática, desde el primer mes de afiliado y sin desembolso alguno, a cada uno de sus miembros a una póliza colectiva, en la que cada uno de sus afiliados está asegurado en caso de fallecimiento hasta por ¢2.000.000,00. Sin embargo, el asociado puede extender la prima de su póliza aportando una cuota mensual, dependiendo del monto de la cobertura.

 

Los precios no incluyen el I.V.A.

 

Opciones        Monto asegurado        Cuota mensual
Opción #1           ¢8,000,000.00                  ¢1,868.00
Opción #2           ¢13,000.000.00                ¢3,425.00
Opción #3           ¢27,000,000.00                ¢7,783.00
Opción #4           ¢40,000.000.00                ¢11,830.00

 

Coberturas

 

Muerte Plus:

  •   Muerte Accidental o No Accidental del Asegurado
  •   Adelanto 50% suma asegurada declaratoria enfermedad terminal
  •   Adelanto 20% suma asegurada para gastos funerarios (Máximo ₡2.000.000,00)

 

Doble Indemnización en caso de muerte accidental

Pago en una sola cuota de la suma asegurada en caso de Declaratoria de Incapacidad Total y Permanente

 

Aplicación de la cobertura:

 

En caso de fallecimiento (Requisitos)

  •   Acta de Defunción del fallecido
  •   Copia de cédula del asociado fallecido
  •   Copia de cédula(s) de beneficiario(s)

 

En caso de incapacidad (Requisitos)

  •   Certificación de declaratoria de incapacidad total y permanente
  •   Copia de cédula del asociado

 

Interrupción de la póliza

  •   Cese del trabajo con el patrono actual.
  •   El asociado solicite que no se le hagan más deducciones, en cuyo caso la comunicación debe presentarla por escrito con anterioridad a la fecha de corte, caso contrario el abono deberá ser cubierto en su totalidad.
  •   Por circunstancias especiales deje de percibir de forma transitoria el salario, en este caso el acreedor excluirá automáticamente el plan sin ninguna responsabilidad de su parte.
  •   En caso de renuncia a ASETACA las pólizas serán excluidas de los planes de deducción.

 

Es necesario que el asociado mantenga actualizado a su beneficiario(s) (familiares directos y mayores de edad).

Esta póliza va incluida en la cuota de los créditos adquiridos por el asociado y representa, en caso de fallecimiento, una indemnización para ASETACA, igual al saldo de los créditos cubiertos.

 

Coberturas:

 

En caso de fallecimiento (Requisitos):

  •   Acta de Defunción del fallecido.
  •   Copia de cédula del asociado fallecido.
  •   Copia de cédula(s) de beneficiario(s).

 

En caso de incapacidad (Requisitos):

  •   Certificación de declaratoria de incapacidad total y permanente.
  •   Copia de cédula del asociado.

 

Interrupción de la póliza:

  •   Siniestro cubierto por la póliza.
  •   Cese del trabajo con el patrono actual.
  •   En caso de renuncia a ASETACA las pólizas serán excluidas de los planes de deducción.
  •   Cancelación de las deudas cubiertas ya sea por planilla o en forma extraordinaria.

  Póliza de TODO RIESGO, cubre TODO menos las exclusiones
  Solo posee 7 exclusiones.( La póliza tradicional posee 87 exclusiones)
  El monto asegurado para las coberturas de Responsabilidad Civil es de ₡300.000.000,00
  Prima MAS ECONOMICA que el producto tradicional
  45% de bonificación durante el primer año, para aquellos asociados que no poseen recargo

  Coberturas
  Cubre el valor de la cuota del crédito después de transcurrido 1 mes hasta por 12 meses.
  Elegibilidad
  Ser mayores de 18 años y residir en Costa Rica.
  Estar inscrito ante la CCSS durante al menos 6 meses con un mismo patrono.
  No debe estar en proceso de jubilación o estar jubilado.
  No estar incapacitado temporalmente al momento de inclusión de la póliza.
  Condiciones de cobertura
  Si el empleado es despedido con responsabilidad patronal.
  Contrato es rescindido anticipadamente por el patrono.
  Exclusiones generales
  No ha estado continuamente empleado por al menos 6 meses previo al desempleo ocurrido durante la vigencia.
  Se mantenga desempleado por un plazo menor al período de deducible, (primer mes).
  Queda desempleado durante el período de carencia.
  Se encuentra empleado por tiempo definido o plazo fijo y queda desempleado como consecuencia del cumplimiento del plazo pactado en el contrato respectivo.
  Renuncia a su trabajo, solicita su despido o se jubila.
  Es despedido por su patrono sin responsabilidad patronal por causa justificada.
  Queda desempleado como resultado de terremoto, inundación o cualquier evento de carácter catastrófico, conmoción civil, vandalismo, actividad terrorista, guerra o cualquier evento similar.
  Queda desempleado a causa de una incapacidad total y permanente.
  Sufre la suspensión temporal de su contrato de trabajo, conforme al código de trabajo.
  Es despedido mientras se encuentra fuera del territorio costarricense por más de 90 días calendario, excepto si la empresa para la cual trabaja está registrada en Costa Rica y lo envía a laborar con la casa matriz o subsidiaria.
  Período de carencia
  Se establece un período de carencia de 4 meses a partir de la inclusión del asegurado a la póliza, plazos durante el cual las coberturas de la póliza no opera si el asegurado queda desempleado o incapacitado temporalmente.
  Vigencia
  El seguro de cada asegurado individual se hace efectivo a partir de la fecha de la inclusión que conste en las solicitudes y certificados de seguros respectivos.
  Suspensión de cobertura
  En caso que el asegurado cumpla el máximo de meses asegurados como desempleado.
  En caso que el asegurado termine su condición de desempleado, en cuyo caso deberá notificar de forma inmediata a la compañía a fin de que se suspenda el pago de la indemnización a partir del último día en que el asegurado mantenga la condición de desempleado.
  En caso de pago del crédito al tomador.
  Terminación de la cobertura
  Fallecimiento del asegurado.
  Jubilación del asegurado.
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